ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIERÍA EN INFORMÁTICA DE CASTILLA-LA MANCHA.
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Denominación.
La denominación es Colegio Oficial de Ingeniería en Informática de Castilla-La Mancha.
Artículo 2.- Naturaleza Jurídica.
El Colegio Oficial de Ingeniería en Informática Castilla-La Mancha es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y con capacidad plena para el cumplimiento de sus fines.
Como corporación de derecho público, está sujeta al derecho administrativo, en cuanto ejerza potestades públicas que la Ley 10/1999, de 26 de mayo de Creación de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha u otras le encomienden. El resto de su actividad se regirá por el derecho privado. La estructura interna y el funcionamiento del Colegio serán democráticos
Artículo 3.- Ámbito Territorial.
El ámbito territorial del presente Colegio Oficial de Ingeniería en Informática, es el de la Comunidad de Castilla-La Mancha, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 6/2002, de 11 de abril, de creación del Colegio.
Artículo 4.- Sede del Colegio y emblema.
La sede del Colegio se fija en la Avenida de Europa nº 5, 1 A C.P. 45003 Toledo.
El emblema del Colegio es el establecido en la resolución de 11 de noviembre de 1977 para las titulaciones universitarias de Informática, BOE de 26 de enero de 1978 y está constituido por una figura representando en su parte central un núcleo toroidal de ferrita, atravesado por hilos de lectura, escritura e inhibición. El núcleo está rodeado por dos ramas: una de laurel, como símbolo de recompensa, y la otra, de olivo, como símbolo de sabiduría. La corona será la real.
Artículo 5.- Régimen Jurídico.
El Colegio se rige por la Ley 10/1999, de 26 de mayo, de Creación de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de la legislación básica del Estado y de las leyes que regulen la profesión, así como por estos Estatutos y por el Reglamento de Régimen Interno.
Artículo 6.- Relaciones con otros organismos profesionales y públicos.
1. La representación Institucional del Colegio Oficial de Ingeniería en Informática Castilla-La Mancha, tanto en juicio como fuera de él, recae en su Decano, quien se encuentra legitimado para otorgar poderes generales o especiales a Procuradores, Letrados o cualquier clase de mandatarios, previo acuerdo de la Junta de Gobierno.
2. El Colegio se relacionará con la Administración Autonómica de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de poder colaborar con cualquier otro órgano de la Administración en materias de interés común.
3. El Colegio se relacionará con el Consejo General de la Profesión a nivel estatal de acuerdo con lo que la legislación general del Estado determine.
4. El Colegio podrá establecer las relaciones y acuerdos de colaboración, cooperación, reciprocidad e intercambio que considere oportunos, para la consecución de sus fines y dentro del marco legalmente establecido, con otros Colegios y asociaciones profesionales, organismos públicos, empresas, centros docentes y de investigación y, en general, cualesquiera otra Entidad, tanto pública como privada, de ámbito nacional e internacional.