El TC no permitirá que los partidos recopilen datos de las opiniones políticas de los ciudadanos
El pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha declarado contrario a la Carta Magna y nulo el apartado 1 del art. 58 bis de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado por inconstitucional el artículo de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) que podía permitir a los partidos recopilar datos sobre las opiniones políticas de los ciudadanos, en una sentencia aprobada por unanimidad y cuyo fallo acaba de darse a conocer.
El pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha declarado contrario a la Carta Magna y nulo el apartado 1 del art. 58 bis de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado por inconstitucional el artículo de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) que podía permitir a los partidos recopilar datos sobre las opiniones políticas de los ciudadanos, en una sentencia aprobada por unanimidad y cuyo fallo acaba de darse a conocer.
Fuente: http://www.expansion.com
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